lunes, 4 de julio de 2016

NIEBLA: Que hacer?

Bienvenidos colegas navegantes a otro encuentro entre amigos.
Dada la época del año, nuestra última vuelta de Nueva Palmira y algunos otros casos que han llegado a mis oídos, parece ser esta una temporada de nieblas que se desarrollan a cualquier hora del día. La presente nota transcribe mi actitud personal ante una situación en donde la visibilidad se reduce a menos de quinientos metros. Tomo este ejemplo como para que todos tengan referencia de lo aquí dicho, teniendo en cuenta que seguramente todos han cruzado el Paraná de las Palmas a la altura del Canal Gobernador Arias y allí la Hidrovía tiene unos seiscientos treinta metros de ancho aproximadamente, vale decir que no se vería la costa de enfrente.
Insisto, es una apreciación personal basada en el Reglamento Para Prevenir Abordajes (RIPPA) y lo resuelto en mis propias experiencias como navegante deportivo, exento de radar, AIS o cualquier otro equipo adicional electrónico que permita la navegación por instrumentos, y que por otra parte, prácticamente ninguno de nosotros posee. 

Río de la Plata
A continuación transcribo la Sección III, PARTE B - REGLAS DE RUMBO Y GOBIERNO:

CONDUCTA DE LOS BUQUES EN CONDICIONES DE VISIBILIDAD REDUCIDA
a) Esta Regla es de aplicación a los buques que no estén a la vista uno de otro cuando naveguen cerca o dentro de una zona de visibilidad reducida.
1) Esta Regla es de aplicación a los buques que no estén a la vista uno de otro cuando naveguen cerca o dentro de una zona de visibilidad reducida superior a 1000 metros.
2) Cuando dicha visibilidad sea inferior a 1000 metros y las circunstancias y características físicas del río lo aconsejen, los buques procederán a fondear o amarrarse, de ser posible, lo más alejados del eje del canal de navegación.
b) Todos los buques navegarán a una velocidad de seguridad adaptada a las circunstancias y condiciones de visibilidad reducida del momento. Los buques de propulsión mecánica tendrán sus máquinas listas para maniobrar inmediatamente.
c) Todos los buques tomarán en consideración las circunstancias y condiciones de visibilidad reducida del momento al cumplir las Reglas de la Sección I de esta Parte (PARTE B - REGLAS DE RUMBO Y GOBIERNO - Sección I - CONDUCTA DE LOS BUQUES EN CUALQUIER CONDICIÓN DE VISIBILIDAD).
d) Todo buque que detecte únicamente por medio del radar la presencia de otro buque, determinará si se está creando una situación de aproximación excesiva y/o un riesgo de abordaje. En caso afirmativo maniobrará con suficiente antelación, (teniendo en cuenta que si la maniobra consiste en un cambio de rumbo, en la medida de lo posible se evitará lo siguiente)
I) un cambio de rumbo a babor para un buque situado a proa del través salvo que el otro buque esté siendo alcanzado; II) un cambio de rumbo dirigido hacia un buque situado por el través o a popa del través.

Canal de la Serna
De este reducido extracto se desprende la esencia de esta nota, agregando que el párrafo en rojo corresponde al texto RIPPA aplicable para la Hidrovía y en verde es Internacional. Más allá de esto, también debe primar siempre el sentido común y evaluar el grado de seguridad de la navegación a emprender ante estas condiciones, si existen dudas, se deberá tomar como riesgosa.

Otros dos extractos a tener muy presentes en estas circunstancias son los siguientes, que nos dicen como proceder con señales acústicas cuando la visibilidad es reducida:

REGLA 32 - Definiciones
a) La palabra "pito" significa todo dispositivo que es capaz de producir las pitadas reglamentarias y que cumple con las especificaciones del Anexo III de este Reglamento.
b) La expresión "pitada corta" significa un sonido de una duración aproximada de un segundo.
c) La expresión "pitada larga" significa un sonido de una duración aproximada de cuatro a seis segundos.

REGLA 35. Señales acústicas en visibilidad reducida
En las proximidades o dentro de una zona de visibilidad reducida, ya sea de día o de noche, las señales prescritas en esta Regla se harán en la forma siguiente:
a) Un buque de propulsión mecánica con arrancada, emitirá una pitada larga a intervalos que no excedan de dos minutos.
b) Un buque de propulsión mecánica en navegación, pero parado y sin arrancada, emitirá a intervalos que no excedan de dos minutos, dos pitadas largas consecutivas separadas por un intervalo de unos dos segundos entre ambas.
c) Los buques sin gobierno y con su capacidad de maniobra restringida, los buques restringidos por su calado, los buques de vela, los buques dedicados a la pesca y todo buque dedicado a remolcar o a empujar a otro buque, emitirán a intervalos que no excedan de dos minutos tres pitadas consecutivas, a saber, una larga seguida por dos cortas, en lugar de las señales prescritas en los apartados a) o b) de esta Regla.
d) Los buques dedicados a la pesca, cuando estén fondeados, y los buques con capacidad de maniobra restringida que operen hallándose fondeados, emitirán, en lugar de las señales prescritas en el párrafo g), la señal prescrita en el párrafo c) de esta Regla.
e) Un buque remolcado o, si se remolca más de uno, solamente el último del remolque, caso de ir tripulado, emitirá a intervalos que no excedan de dos minutos cuatro pitadas consecutivas, a saber, una pitada larga seguida de tres cortas. Cuando sea posible, esta señal se hará inmediatamente después de la señal efectuada por el buque remolcador.
f) Cuando un buque que empuje y un buque que sea empujado tengan una conexión rígida de modo que formen una unidad compuesta, serán considerados como un buque de propulsión mecánica y harán las señales prescritas en los apartados a) o b).
g) Un buque fondeado dará un repique de campana de unos cinco segundos de duración a intervalos que no excedan de un minuto. En un buque de eslora igual o superior a 100 metros, se hará sonar la campana en la parle de proa del buque y, además, inmediatamente después del repique de campana, se hará sonar el gong rápidamente durante unos cinco segundos en la parte de popa del buque, todo buque fondeado podrá, además, emitir tres pitadas consecutivas, a saber, una corta, una larga y una corta, para señalar su posición y la posibilidad de abordaje a un buque que se aproxime.
h) Un buque varado emitirá la señal de campana y en caso necesario, la de gong prescrita en el párrafo g) y, además, dará tres golpes de campana claros y separados inmediatamente antes y después del repique rápido de la campana. Todo buque varado podrá, además, emitir una señal de pito apropiada.
i) Un buque de eslora igual o superior a 12 metros, pero inferior a 20 metros, no tendrá obligación de emitir las señales de campana prescritas en los párrafos g) y h) de la presente regla. No obstante, si no lo hace, emitirá otra señal acústica eficaz a intervalos que no excedan de dos minutos.
j) Un buque de eslora inferior a 12 metros no tendrá obligación de emitir las señales antes mencionadas, pero, si no las hace, emitirá otra señal acústica eficaz a intervalos que no excedan de dos minutos.
k) Una embarcación de práctico, cuando esté en servicio de practicaje, podrá emitir, además de las señales prescritas en los párrafos a) b) o g), una señal de identificación consistente en cuatro pitadas cortas.

Laguna de los Negros
Sin devaluar los tecnicismos aquí vertidos, que deberían ser muy bien aprendidos, les trasmito mis métodos para navegar distendidamente, sin sobresaltos ni con la tensión que sobreviene cuando no se ve lo que está pasando unos cientos de metros alrededor nuestro:


  • Sintonizo el canal 72 correspondiente al Control de tráfico PNA Zárate, que se encuentra en constante comunicación con los mercantes en la zona que llegan hasta el km 53 del Palmas. Manteniendo silencio en dicho canal, uno puede escuchar modular a los Capitanes y Prácticos de dichas embarcaciones (Areneros clase A, graneleros, ro-ro, buques de gran porte, etc.) registrar su ubicación exacta y comunicar sus futuras maniobras.
  • Si tengo señal puedo abrir la aplicación Mais o Marine Traffic (cuyo link de la nota de noviembre de 2014 dejo AQUÍ), que me permite ver, en un móvil con  sistema operativo Android, mi ubicación y el tráfico cercano de forma totalmente gratuita. Se debe recordar que para los mercantes es obligatorio el uso del Servidor AIS (Automatic Identification System)
  • Si el tiempo se encuentra muy húmedo y con falta de viento, trato de organizarme para demorar la zarpada, pues en un espacio abierto seguramente me encontraré con niebla.
  • A pesar de las contrariadas opiniones, siempre llevo un deflector de radar. Los hay de variadas formas y son bastante económicos, se tratará de adecuar el más conveniente a nuestra embarcación y así mostrar presencia en las pantallas de radar de los buques mercantes.
  • Por último y más importante, si no estoy seguro de proseguir o siento que esas condiciones pueden generar un riesgo para la tripulación y/o la embarcación, fondeo en una locación segura, alejado del canal, atento a cualquier emisión de VHF o en condición de alerta hasta que se despeje la niebla. Sin ser alarmista, recuerden que es mucho más razonable perder un minuto en la vida, que la vida en un minuto.
Naveguemos con responsabilidad y seguridad. Hasta pronto y buenas singladuras!

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